La justicia Federal de Chaco comenzó con el primer paso para la ejecución de la sentencia dictada en mayo pasado en el juicio por la verdad realizado por la masacre de Napalpí. El 19 de julio de 1924 alrededor de un centenar de policías asesinaron a entre 400 y 500 integrantes de las comunidades indígenas qom y mocoit.
En mayo de este año, en lo que fue el primer juicio por la verdad de la historia que se desarrolló por crímenes contra las comunidades originarias qom y mocoit, la justicia reconoció y probó que la masacre de Napalpí se trató de crímenes de lesa humanidad. Ocurrida en 1924, los asesinatos se cometieron en el marco de un proceso de genocidio contra los pueblos originarios, y en ese contexto, la justicia destacó la responsabilidad del Estado Argentino.
El fallo fue dictada por la jueza federal de Chaco, Zunilda Niremperger, y dispuso una serie de medidas reparatorias tales como que el Estado Nacional reconozca su responsabilidad en los hechos e impulse la creación de un museo y sitio de memoria. El pasado 26 de agosto se comenzó el proceso de ejecución de esa sentencia y la jueza homologó una propuesta realizada por las partes sobre la conformación de la unidad ejecutora de la sentencia.
Hay que recordar que la sentencia se ordenaron una serie de medidas reparatorias para con las comunidades qom y mocoit. Allí se incluyen, por ejemplo, que se publique la sentencia tanto en la página web de la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación como en su homónima de la provincia del Chaco. Además de ordenar la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Nación y la difusión integra de las seis audiencias del juicio en la TV Pública.
De esta manera la Unidad Ejecutora estará integrada por r un/a integrante de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, un/a integrante del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, un/a integrante del Instituto del Aborigen Chaqueño, un/a integrante de Fundación Napalpí, un/a integrante de la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal y un integrante de la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros de la Provincia del Chaco.
Esta unidad será la encargada de supervisar el cumplimiento de las medidas de reparación que se dictaron el pasado 19 de mayo. También coordinará la consulta previa, libre e informada a las Comunidades Qom y Moqoit del Chaco, con la conformación de Mesas Interculturales. Y propiciará espacios de diálogos para informar a las mismas comunidades sobre los avances en la ejecución de la sentencia.
Según se explica tanto en la propuesta, como en la homologación firmada por la jueza, las reuniones se harán al menos una vez cada dos meses y se informará los avances al juzgado cada seis meses con un informe final a los dos años que deberá ser traducido al qom y al mocoit.
La propuesta aceptada por la jueza fue elaborada por el Ministerio Público Fiscal –representados por Federico Carniel, Fiscal Federal General y Diego Vigay, Fiscal Ad Hoc, y las partes querellantes, Secretaría de Derechos Humanos y Géneros- de la provincia del Chaco –representadas por Silvana Pérez y Nayla Bosch, como así también Miguel Gómez –presidente del Instituto del Aborigen Chaqueño- con su apoderado legal Emiliano Núñez, también querellantes en la causa.
Otras reivindicaciones que se mencionan en la sentencia son que el Estado Nacional realice un acto público de reconocimiento de su responsabilidad con participación de las víctimas de los pueblos qom y mocoit y la constitución de un museo y sitio de memoria en el edificio histórico de la administración de la antigua redacción. También encomendó al Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) que establezca un plan de trabajo para continuar con las excavaciones, búsqueda y exhumaciones de fosas comunes de las víctimas.
“Tales hechos ocurrieron en el contexto de la reducción de indios de Napalpí, la cual fue creada por el Estado Argentino, bajo la dirección civil del ministerio del Interior, con el objetivo de culminar el proceso de ocupación del territorio de las poblaciones indígenas y su sometimiento a la explotación laboral”, explicó la jueza al leer el veredicto en mayo pasado. La lectura de la sentencia se dio con traducción inmediata al qom y al mocoit.




