La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia revocó la sentencia que quiso cerrar la causa por la muerte de Santiago Maldonado y ordenó reabrir la investigación. También separaron al juez Federal Gustavo Lleral de la causa por obviar “producir diligencias” y su “injustificada reticencia” a investigar.
En la sentencia, firmada por los jueces Javier Leal de Ibarra y Aldo Suárez, se hizo lugar al pedido presentado por la familia y diversas organizaciones de Derechos humanos, junto con la fiscalía, que habían solicitado a la Justicia que reabra la causa que intenta, dese hace tiempo, cerrar el juez Lleral.
“El pronunciamiento recurrido debe ser inmediatamente revertido, por cuanto no respeta el auténtico sentido de la decisión que emitimos en nuestra anterior intervención, ni tampoco se ajusta al objetivo esencial del proceso penal, esto es, la búsqueda de la verdad material empleando todos los medios probatorios al alcance, cuya producción es necesaria para llevar a la convicción del juzgador”, dijeron los jueces en una sentencia de 26 páginas.
Desde 2019 Lleral quiere cerrar la causa. “Percibimos que la injustificada reticencia que ha evidenciado el magistrado instructor en la tarea de agotar las alternativas que se hallaban a su disposición para despejar los interrogantes”, dijeron los magistrados que separaron al juez y designaron a Federico Calvete, titular del Juzgado Federal de Ushuaia, como el nuevo juez de la causa.
El 1 de agosto de 2017 Santiago desapareció en la provincia de Chubut, a 80 kilómetros de Esquel, en el marco de una represión ilegal que ocurrió en la Pu Lof en Resistencia de Cushamen. El artista estuvo desaparecido por 78 días y su cuerpo fue encontrado en octubre de ese año en una zona que ya había sido rastrillada tres veces.
“Se vislumbra que las únicas diligencias que recibieron un mínimo esfuerzo en producirse”, dijo la Cámara sobre el accionar de Lleral y remarcó que “el resto de las medidas que encomendamos realizar no han sido siquiera intentadas”. También recordó que “injustificadamente el expediente no registró actividad procesal alguna durante casi cuatro años; y ello menos justifica aún, el apresuramiento con el que se pretende ponerle fin”.

Qué falta investigar
Lleral fue apartado por no realizar una investigación exhaustiva, algo que le había sido encomendado por la propia Cámara tiempo atrás y que permitirían descartar todos los interrogantes que aún quedan por saber. Entre otras cosas que restan investigarse, los magistrados mencionan lo consignado en el primer informe de autopsia que expresa que “el cadáver evidenciaba lesiones que podrían haber sido provocadas por un depredador terrestre”. Lo que significaría que el cuerpo de Santiago no estuvo todo el tiempo bajo el agua como pretendió dar por sentado el ahora juez apartado.
También se detalló otro punto planteado por una especialista en palinología y geología en el expediente que consigna la presencia de polen en las vestimentas de Santiago, y que “sugería que aquél no podría haber estado sumergido durante más de 25-30 días en ese sitio”. Dato que debe investigarse de manera más exhaustiva, algo que no hizo Lleral.
“La relevancia de ahondar en este aspecto radica en que gran parte de los cuestionamientos que esbozan los recurrentes parten de la suposición de que el cuerpo no habría permanecido sumergido, ininterrumpidamente, en el lugar en que posteriormente fue hallado, aspecto que (por otro lado) resulta medular en el razonamiento que condujo al magistrado de grado a descartar toda responsabilidad penal por lo ocurrido”, explicaron los jueces.
La causa pasará a manos del juez Calvete ahora con una recomendación expresa por parte de la Cámara de Comodoro Rivadavia que es la de adoptar “máxima diligencia y premura en la producción de las medidas prueba aquí propuestas, así como todas aquellas que estime pertinentes, a los fines de procurar un significativo avance procesal en tiempo breve, arbitrando todos aquellos medios y recursos que a tales fines resulten necesarios”.



