El próximo 14 de agosto iniciará el juicio oral por el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel ocurrido el 25 de noviembre de 2017. Ese día el grupo Albatros de la Prefectura entró en territorio mapuche recuperado y asesinó por la espalda a «rafita» e hirió a otros jóvenes. El Poder Judicial intenta juzgar a los prefectos bajo la teoría del enfrentamiento.
La fecha fue fijada por el Tribunal Oral de General Roca y son cinco los integrantes de del grupo Albatros de la Prefectura Naval Argentina que llegan como imputados. El cabo primero Sergio Cavia, es el principal acusado del asesinato y se encuentra imputado por «homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa».
También serán enjuiciados los prefectos Francisco Javier Pintos, quien en un primer momento era indicado como el que había realizado el disparo contra Nahuel; Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio Damián García. Todos ellos como «partícipes necesarios» del homicidio.
«Todos ellos efectuaron disparos de armas de fuego en el marco de un patrullaje que culminó con la muerte de Rafael Nahuel Salvo ocasionada por uno de los que realizó Cavia», dijo el juez Gustavo Zapata cuando procesó a los albatros en 2021. En diciembre de ese mismo año el expediente fue elevado a juicio aunque recién ahora se puso fecha.
El dudoso «enfrentamiento» que plantea el Poder Judicial
El 25 de noviembre de 2017 un escuadrón del grupo Albatros ingresó al territorio que la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu había recuperado en Villa Mascardi. En el expediente se detalla que aquella tarde hubieron unos 130 disparos, todos de los prefectos, y que Cavia efectuó un disparo con su pistola que «impactó en la parte posterior de la cadera izquierda de Rafael Nahuel y, luego, ascendió hasta alojarse debajo de su axila derecha».
Todo esto ocurrió en la parte alta del predio ubicado en el km 2006 de la Ruta Nacional 40 Sur, en la zona de Villa Mascardi. Fausto Jones Huala y Lautaro González son quienes bajaron el cuerpo herido de Nahuel aquel día. Ambos relataron en la causa la violencia ejercida por los integrantes del grupo albatros, «nos dieron la voz de alto y después empezó la balacera” dijo González. «Nos resguardamos un poco, fueron muchos disparos, rebotaban los disparos en los coihues. En un momento miro y veo que cae Rafael. Ahí empecé a gritar que dejen de disparar, pero siguieron disparando», contó Jones Huala.
Las pericias realizadas por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) de Salta determinó que «el disparo mortal fue realizado con el arma asignada por Prefectura Naval Argentina a Sergio Guillermo Cavia». Y aunque están imputados los otros cuatro albatros, el expediente, basado en sentencias de la Cámara Federal de Casación Penal y de la Cámara Federal de General Roca, insiste en la teoría del enfrentamiento.

«Los imputados pudieron considerar que su vida y la de sus compañeros estaban en peligro», argumentó el juez Zapata cuando procesó a los albatros destacando que los mapuches «emplearon piedras, lanzas, hondas de revoleo».
Sin embargo, desde la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación, que es querellante en la causa desde marzo de 2021, anticiparon que en el juicio van a probar que se trató de un homicidio calificado, dado que no hubo legítima defensa por parte de los prefectos.
Negar por negar
En noviembre de 2020 la familia de Rafael Nahuel inició el camino de la demanda civil contra el Estado por el asesinato de su hijo donde se pide una indemnización al Estado. La causa no tuvo mucho movimiento hasta el momento pero en septiembre del año pasado el Ministerio de Seguridad de la Nación, con las dos abogadas apoderadas de la Prefectura Naval, ratificó lo que contestó en 2021.
Allí, en unas 35 páginas negó, entre muchas cosas, «que se encuentre probado que el disparo efectuado había sido ejecutado por personal de la Prefectura» o que «miembros de la Prefectura Naval Argentina (Grupo Albatros) hayan desoído una manda judicial que se limitaba a la custodia de un predio desalojado previamente».
Allí también apoyan la teoría del enfrentamiento al sostener que la muerte de Rafael Nahuel se dio «en ocasión de un enfrentamiento armado en un predio de propiedad de la Administración de Parques Nacionales, ocupado por la comunidad mapuche Lof Lafken Winkul Mapu». Además de negar todo, pidieron que se rechace la demanda civil realizada por el padre y la madre de Nahuel.



